El Consejo de Estado suspendió provisionalmente una directiva presidencial que limitaba la suscripción de contratos de prestación de servicios, al considerar que el jefe de Estado se extralimitó.
El alto tribunal señala que el presidente se extralimitó con esta directiva. Los demandantes y expertos plantean que, en este caso, unos son los contratistas y otros los funcionarios públicos.El presidente de la República confunde la condición de servidor público con la condición de contratista
, pues efectivamente la Constitución prevé la limitación de que un servidor público tenga más de una relación laboral con el Estado, pero no existe una limitación para que un contratista tenga más de un contrato de prestación de servicios con uno o más entidades territoriales y del orden nacional”, indicó Joel David Gaona, demandante de la directiva.
“Analizan y determinan que el presidente de la República desborda funciones por parte de ellos de crear normas y desarrollar parámetros”, añadió Javier Almanza, experto en asuntos laborales de la Universidad del Rosario.Los expertos también explican cuál es la consecuencia de esta determinación provisional para los contratistas de Colombia.
“Con la presente demanda pretendemos que el Consejo de Estado declare la nulidad de esa limitación, pues, como ya lo dijo esa corporación,, que es el único que está facultado para establecer tal limitación”, agregó el demandante. El Consejo de Estado estudiará las pruebas que presenten los demandantes y el Gobierno para fallar de fondo en este caso.
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